El blog de Mediación Granada
Estamos aquí para ayudarte
La Mediación: Una Solución efectiva para los conflictos
¿Tienes dudas, necesitas un mediador o acreditar la actividad negociadora/MASC?
Estamos aquí para ayudarte.
“La mediación, estadísticamente, es el mejor proceso de resolución de controversias”
Con motivo del Día Europeo de la Mediación, 21 de enero, os dejamos nuestra entrevista, como presidenta y secretaria del Grupo de Mediación del Colegio de Abogados de Granada, en la que abordamos los avances y retos de la mediación como MASC

Desconocimiento del domicilio o de medio de contacto de la contraparte
La DECLARACIÓN RESPONSABLE puede usarse en estos casos y ási es admitido por la mayoría de los juzgados y tribunales nacionales.
La declaración responsable expresará la imposibilidad de llevar a cabo la actividad negociadora previa por desconocimiento del domicilio de la parte demandada o el medio por el que puede ser requerida.
Y, en el caso de que la parte demandada tenga varios domicilios o no se tenga seguridad sobre la veracidad de la información, se deberá acreditar la remisión de la invitación al MASC elegido al domicilio o domicilios que consten. Sin que se admita la mera declaración, en estos casos, para evitar dar cumplimiento al requisito de procedibilidad.
Además, se puede aportar en los siguientes casos:
- Si una de la parte se niega a firmar el documento conjunto acreditativo después de la negociación.
- Si no podemos acreditar la recepción de la invitación al MASC.
- En los casos en que no haya recepción efectiva, fecha y o accesibilidad al contenido.
- Si el destinatario se niega a recibir o recepcionar la invitación al MASC, acreditándolo con el justificante de envío en el que constará que ha sido rehusado o no entregado/ausente.
En todo caso, habrá que agotar todos los medios de comunicación y notificación con la otra parte (burofax, correo electrónico y SMS) e, incluso, realizar varios intentos para dar por cumplido el requisito de procedibilidad, dadas las consecuencias que de ello se derivan en materia de costas. Pero sin que conlleve a la imposibilidad de interponer una demanda por desconocimiento del domicilio, correo o telefono de la parte demandada o porque ésta rehuse o no atienda la comunicación enviada.

¿QUÉ MASC UTILIZAR EN CADA CASO?
Hoy hablamos de este MASC, aún poco conocido.
EXPERTO INDEPENDIENTE
- Profesional neutral e independiente que emite un dictamen, no vinculante, en base a sus conocimientos en la materia.
- Las partes, de mutuo acuerdo, lo nombran cuando consideran que un informe externo de un profesional puede ayudar a desbloquear el asunto.
- Las partes deben darle la información y documentación del asunto y el emite un informe técnico sobre el objeto de la controversia.
- Su actuación debe ser diligente, profesional y objetiva.
- Deber de confidencialidad, gestión leal y obligación de decir verdad.
VENTAJAS
- El dictamen otorga información veraz y objetiva de la controversia.
- Permite tomar decisiones informadas y negociar de manera más eficaz.
- Si ambas partes lo consensuan y/o aceptan el dictamen será vinculante.
¿Quién puede ser experto independiente? Economistas, abogados, ingenieros, informáticos, consultores, arquitectos, expertos, etc.
Algunos casos en los que acudir al 3º independiente
- Daños y perjuicios -- Abogado especializado
- Vicios y defectos de construcción -- Arquitecto
- Gananciales (valoración) -- Tasador/ Topógrafo
- Herencias (valoración) --Tasador/ Topógrafo
- Lindes -- Abogado especializado/Ingeniero
- Analisis de comunicaciones -- Informático

MASC ¿solo un trámite procesal?
La mediación no perjudica a las partes, ni dilata los procesos porque es un proceso eficaz y rápido de resolución de controversias.
Las partes tienen el control del proceso y se les da la posibilidad de intervenir, de hablar, de conocer su postura y la del otro.
El letrado está al tanto del proceso y asesora a su cliente. Presenta el acuerdo ante el juzgado para su homologación y le da forma legal.
El rechazo de los MASC sigue siendo un profundo desconocimiento de estos medios de resolución que no acaban de llegar a la ciudadanía, ni a los profesionales de la abogacía.
No cabe entender que si los procesos de mediación terminen en acuerdo en mas de un 70% este proceso legal, rápido y eficaz no esté siendo usado como MASC.
La mediación es el único MASC regulado por una Ley 5/2012 con un proceso legal con todas las garantías pero sigue sin ser usado.
Cada asunto debe ser resuelto de la manera más eficaz y rápida y para ello deberemos optar por el MASC que mejor se adapte y resuelva la controversia.
Aplicación de la LO 1/25
¿Están funcionando los MASC?
Un reciente estudio del ICAM concluye que "El 84 % la califican negativa o muy negativa la obligatoriedad del MASC previo". (ver estudio)
El informe establece que el MASC que se percibe como más viable (44%) es la oferta vinculante y da a la mediación un 8%.
Por lo que no cabe duda que si los MASC se limitan a la oferta vinculante o la negociación, la MEDIACIÓN o la conciliación que son procesos rápidos y eficaces de resolución no han fracasado porque NO SE UTILIZAN.
La Sesión inicial conforme a la L.O. 1/25
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Artículo 17. Sesión inicial.
" 1. Recibida la solicitud y salvo pacto en contrario de las partes, el mediador o la institución de mediación citará a las partes para la celebración de la sesión inicial. En caso de inasistencia injustificada de cualquiera de las partes a dicha sesión se entenderá que rehúsan la mediación solicitada y se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad. La información de qué parte o partes no asistieron a la sesión no será confidencial.
En esa sesión el mediador informará a las partes de las posibles causas que puedan afectar a su imparcialidad, de su profesión, formación y experiencia; así como de las características de la mediación, su coste, la organización del procedimiento y las consecuencias jurídicas del acuerdo que se pudiera alcanzar, y del plazo para firmar el acta de la sesión constitutiva.
Las partes habrán de manifestar durante la sesión el objeto de la controversia para que el intento de mediación pueda entenderse como suficiente para considerar cumplido el requisito de procedibilidad previo a la interposición de la demanda.
2. El mediador deberá expedir, a petición de cualquiera de las partes, un documento en el que deberá hacer constar:
a) La identidad del mediador, su cualificación, colegio profesional o institución a la que pertenece.
b) La identidad de las partes.
c) El objeto de la controversia.
d) La fecha de la sesión.
e) La declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe en el proceso, para que surta efectos ante la autoridad judicial correspondiente.
f) En su caso, la inasistencia de cualquiera de las partes.
La certificación por el mediador de la asistencia de las partes a esta sesión inicial, o el inicio del proceso de mediación de buena fe, aun cuando posteriormente se abandone por el desistimiento de cualquiera de las partes, satisface el requisito de procedibilidad del intento negociador previo a la interposición de la demanda."

Duración de la mediación
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Artículo 24. Duración del procedimiento.
" 1. La duración del procedimiento de mediación será lo más breve posible y sus actuaciones se concentrarán en el mínimo número de sesiones.
2. En los casos en que se opte por el intento de mediación como requisito de procedibilidad, la duración de la mediación no podrá exceder de tres meses desde la recepción de la solicitud por el mediador."

Confidencialidad del proceso de mediación
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Artículo 9. Confidencialidad. "El procedimiento de mediación y la documentación utilizada en el mismo es confidencial, salvo la información relativa a si las partes acudieron o no a mediación y al objeto de la controversia. La obligación de confidencialidad se extiende al mediador, que quedará protegido por el secreto profesional, a las instituciones de mediación y a las partes intervinientes de modo que no podrán revelar la información que hubieran podido obtener derivada del procedimiento."
Preguntas frecuentes
¿Cómo comienza la mediación?
En la primera sesión el mediador informa de las características, el proceso, consecuencias jurídicas de los acuerdos, documentos que se firman (Acta inicial y Acta final -Acuerdos), de los honorarios y los plazos.
Así también, la aceptación de las partes de la mediación y de que asumen las obligaciones de ella derivadas.
¿Cómo se acredita la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los acuerdos, las fechas de las sesiones, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe y la firma de los intervinientes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso.
¿Qué hace el mediador con los Acuerdos?
El mediador redacta un borrador con los acuerdos que remite a las partes para su valoración y consulta con su letrado/a. Y, revisado y confirmado, recoge los acuerdos en un documento y entrega copia a las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (valor ejecutivo) y si se existe proceso judicial, los letrados podrán solicitar su homologación judicial o el trámite que legalmente corresponda.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración dependerá de la complejidad de los asuntos, pero la media, de resolución, está en 3/4 sesiones.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Cómo es una mediación?
El mediador contacta con las partes para explicarles el proceso, características, costes, etc.
Si las partes aceptan, en el mismo acto empiezan el proceso firmando un Acta de inicio y aceptación de la mediación.
La mediación es un proceso sencillo que consiste en una o varias reuniones en las que las partes se reunen para hablar y negociar con la ayuda de un profesional mediador que les ayuda a gestionar el conflicto y a buscar soluciones.
Si llegan a acuerdos, el mediador los recoge en un documento que firman las partes y les entrega una copia. Firmados son de obligado cumplimiento.


La mediación ayuda a las partes a resolver sus problemas

Las partes pueden elevar a escritura pública el acuerdo alcanzado en mediación.
Art.12.3 de la LO 1/25 y 25 de la Ley 5/2012 de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.
"Las partes podrán elevar a escritura pública el acuerdo alcanzado tras un procedimiento de mediación."
Los acuerdos de mediación se pueden elevar a escritura pública cuando sea un proceso extrajudicial.

Jornada sobre las
Ventajas de la Mediación Empresarial
Consejo Andaluz de Cámaras, la Consejería de Justicia,, a través de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, organizó esta Jornada, en la Cámara de Comercio de Granada, donde participamos en la Mesa de Diálogo " La mutilidad de la mediación para las empresas Granadinas".

Mediación Mercantil
VENTAJAS de la MEDIACIÓN
- Fortalecimiento o restauración de la relación entre las partes.
- Ahorro de costes y recursos, resolución de los conflictos mas rápida y eficaz.
- Evita que los conflictos afecten a la actividad de la empresa ( pérdidas económicas, etc.)
Además acudir a mediación de forma preventiva evitar que se produzcan conflictos y otorga al personal de herramientas y técnicas para la getsión y resoluciónde sus conflictos.
¿Qué tipos de conflictos puedes resolver?
- Conflictos con clientes
- Relaciones proveedores, impagos, incumplimientos de contrato.
- Disolución de sociedades, conflictos entre socios.
- Propiedad intelectual, marcas y patentes, franquicias.
- Empresas familiares


1 marzo 2025
Dónde encontrar un mediador/a
Accede a los Registros de la Junta de Andalucía y del Ministerio de Justicia. También los Colegios de abogados tienen mediadores.
En los Juzgados de todas las capitales de provincia de Andalucía existen los PIMA, Puntos de Mediacion Intrajudicial a los que puedes acudir tanto para recibir información como para solicitar una mediación.
En Granada, Edificio Judicial de La Caleta
Te dejamos algunos enlaces que pueden ser útiles
La Junta de Andalucía organiza para celebrar el Día Europeo de la Mediación, la II Jornada "Avanzando en la Mediación"
Jornada en la que pudimos conocer el PIMA, SEMPA y SERCLA y que sirvió para poner en valor la mediación como una realidad para que la ciudadanía resuelva sus asuntos.

enero
2025
enero 2025
Entrevista en Canal Sur Radio
El pasado 21 de enero, coincidiendo con la celebración del Dia Europeo de la mediación, en Canal Sur Radio «os imaginais un mundo en el que no hubiera juicios«, así empezaba el peridiodista de Canal Sur, Jesús Toral, con el que hemos hablado y al que agradecemos su interés y la posibilidad de poder explicar, en directo, qué es la mediación y para qué podemos usar este eficaz proceso de resolucion de conflictos.
ESCÚCHANOS si quieres saber qué es la mediación y cómo puede ayudarte.
A partir del minuto 31 podéis escucharnos, solo tienes que buscar el día de la emisión, el 21 de enero

